Quiero comentarles que en la sesión del pasado 24 de noviembre, aprobamos con 325 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, el dictamen que deroga el último párrafo del artículo 6º de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, a fin de evitar la impunidad en este delito.
De acuerdo con el dictamen, el artículo 6º, regulado supletoriamente por el artículo 15 fracción III, del Código Penal Federal, señala que el delito de trata de personas se excluye cuando se actúe con el consentimiento de la víctima.
Destaca que el mandato es procurar que la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas sea efectiva, por tanto, al suprimir el consentimiento de la víctima como excluyente del delito, evita la prevalencia de la impunidad, ya que bajo la protección de esta disposición, les permitía a los tratantes evadir las sanciones correspondientes.
Añade que al eliminar el consentimiento de la víctima en ley, se respetan los tratados internacionales, ratificados por nuestro país.
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