domingo, 17 de octubre de 2010

El Fuero, inmunidad o impunidad

“ FUERO PARA EL QUE VIOLA LA LEY, CARCEL PARA EL QUE ROBA EL PAN”
PABLO NERUDA

La toma de protesta de Julio Cesar Godoy Toscano como Diputado Federal por el PRD, en el marco de un procedimiento poco ortodoxo y casi clandestino, con una orden de aprehensión acuestas, resucita un añejo tema pero de discusión vigente, el fuero constitucional.

Para comprender el concepto de fuero debemos remontarnos a sus orígenes. Es probablemente el sistema parlamentario bicameral ingles el más antiguo antecedente; ya en el siglo XVII apareció el concepto de inmunidad é inviolabilidad parlamentaria. En España, surge en 1810 la prohibición de perseguir y sancionar a los legisladores por sus ideas y sus pronunciamientos en el ejercicio de su función.

En nuestro país desde la Constitución de Cádiz, de 1812 pasando por la del 24 y la de 1857 establecen el concepto de inviolabilidad por sus opiniones a los legisladores y la inmunidad parlamentaria así como la imposibilidad de ser juzgados por delitos comunes. El constituyente de 1917, preservo prácticamente intacto el apartado relativo al fuero constitucional, incluida la figura del juicio de procedencia.

El fuero es en esencia, una exención o un privilegio. De acuerdo al Glosario de términos del Congreso de la Unión, es “una prerrogativa de los legisladores con relación a la inviolabilidad por las opiniones vertidas en el ejercicio de su cargo, por las que no podrán ser reconvenidos o procesados, y protección legal para no ser detenidos o enjuiciados hasta que no se agote la garantía de procedencia constitucional”.
Resulta indispensable que a la luz de la consolidación de la democracia, se replantee el fuero constitucional, sin dejar de garantizar la autonomía del Poder Legislativo, en aras de salvaguardar las garantías individuales y sociales de los ciudadanos, así como de procurar el acotamiento del poder discrecional de los gobernantes y de los legisladores, la transparencia en el ejercicio del gobierno y el respeto al estado de derecho.
Es indispensable en el México moderno y democrático que queremos construir, atender el clamor ciudadano, en el que no existan privilegios ni condiciones de excepción. Quien viole la ley debe de ser juzgado por ello, sin distingos ni ventajas. Que se consagre el derecho a disentir, a opinar y a discrepar. Que se mantenga inviolable la libertad de pensar diferente; que los legisladores jamás sean perseguidos ni sancionados por su expresión por muy crítica que sea, pero que no se exima en ningún caso del cumplimiento cabal del marco de la legalidad; no hacerlo, contribuye a alentar la inobservancia de la ley.


Hoy, lamentablemente, se confunde inmunidad con impunidad.

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