Deseo informarles que la semana pasada, aprobamos reformas al artículo 91 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con lo cual se introduce la figura de “promoción post mórtem”, el cual consiste en promover al rango inmediato superior a aquel elemento de los cuerpos policiacos que pierda la vida en el ejercicio de sus funciones.
Con las reformas, los beneficiarios de los policías ascendidos tendrán derecho a las prestaciones sociales correspondientes al grado inmediato superior concedido, independientemente de los años de servicio y del grado que haya cumplido.
Se otorgará a los elementos que pierdan la vida en el ejercicio de sus funciones, cuando su muerte destaque por actos del servicio meritorio, en condiciones de heroísmo, sobresaliente capacidad profesional y entrega total al servicio a la patria o a la institución perteneciente, señala el dictamen.
En el dictamen aprobado por 263 votos a favor, cero en contra y una abstención, se indica que las instancias responsables del servicio de carrera policial reunirá los elementos que acrediten las circunstancias extraordinarias y, de ser el caso, propondrá al secretario a cargo de la institución la promoción post mórtem del policía.
Se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública Federal para remitir al Sistema Nacional de Seguridad Pública un informe anual que contenga las consideraciones y valoraciones para el otorgamiento de las promociones otorgadas.
En el documento, se menciona que debido al elevado índice de inseguridad que actualmente se vive, se ha suscitado una participación más activa por parte de los cuerpos policiacos de los tres órdenes de gobierno, pero esta participación se ha traducido en un mayor número de enfrentamientos en contra de integrantes del crimen organizado, lo que deriva en un elevado número de elementos heridos e incluso que perdieron la vida. Se estima que 289 elementos de la Policía Federal han muerto de 2006 a julio de 2011.
Se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario