lunes, 26 de diciembre de 2011

Reformamos la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario

Amigos:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del 15 de diciembre, aprobamos por 257 votos y 5 en contra, el dictamen que reforma la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, que establece que corresponderá a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes verificar que las vías férreas, el derecho de vía, los servicios públicos de transporte ferroviario y sus servicios auxiliares cumplan con las disposiciones aplicables.

En las consideraciones, se expone que la falta de un adecuado ordenamiento territorial, aunado a un acelerado crecimiento de la población, ha propiciado que asentamientos irregulares invadan el derecho de vía del sistema ferroviario, el cual es una actividad económica prioritaria.

Agrega que a pesar de que el ferrocarril es un sistema de transporte seguro en sus operaciones y con niveles reducidos de accidentes, no está exento de ellos, por lo que es indispensable que el derecho de vía se encuentre totalmente libre. En caso de un descarrilamiento, el decreto de vía es el espacio que invade un vagón o una unidad ferroviaria, mientras que el nivel de riesgo aumenta por el tipo de productos que transportan los ferrocarriles como combustóleo, gasolina, aceites y productos químicos como el azufre y el cloro.

En ese sentido, el uso indebido del derecho de vía para asentamientos irregulares pone en riesgo la integridad de las personas y sus bienes. Asimismo, se presenta el robo a los vagones de carga, toda vez que los trenes al pasar por zonas conurbadas se ven obligados a reducir su velocidad y cualquier persona puede subir algún vagón, detenerlo simplemente cortando el sistema hidráulico de frenos.

Por lo anterior, el dictamen propone incluir dentro de la jurisdicción federal el derecho de vía como parte integral de las vías generales de comunicación ferroviaria, para que por medio de las Secretaría de Comunicaciones y Transportes se verifique y se cumplan las disposiciones aplicables.

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