Amigos:
Quiero comentarles con gran orgullo y satisfacción que en la sesión del pasado 27 de abril, con la mayoría calificada de 329 votos a favor, se aprobó un dictamen para incluir en la Constitución Política el reconocimiento al fenómeno metropolitano como un tema de relevancia nacional y sustantivo para el desarrollo presente y futuro de la nación.
Lo anterior, a fin de generar en el marco normativo mexicano, la facultad para legislar con un carácter de ley general el tema metropolitano y levantar la prohibición a las entidades federativas para asociarse en la solución de problemas comunes relacionados con la materia.
En el dictamen se incorpora a la Carta Magna el principio de la función social de la propiedad; toda vez que dicho principio, ha tenido dificultades o aplicaciones parciales por la falta de contundencia de la redacción actual del texto constitucional.
Se impone desde el nivel constitucional la necesidad de un orden, concatenación y efectos de los instrumentos de planeación nacional, estatales y metropolitanos que asegure articulación en el quehacer urbano de los tres niveles de gobierno.
Con las reformas se da pie a una profunda reforma urbana que ponga en la agenda nacional esta materia, para impulsar nuevos diseños institucionales e instrumentos de gestión que permitan resolver los problemas del crecimiento desordenado, desigual, segregado, costoso e insustentable de nuestras ciudades.
Es fortalecida la planeación territorial del país y con ello, impulsar un desarrollo nacional más incluyente, productivo y sustentable.
Al fundamentar el dictamen, mi compañero, el diputado Gustavo González Hernández mencionó que cerca del 80 por ciento de los mexicanos viven en áreas consideradas urbanas, y el 60 por ciento lo hace en grandes metrópolis. Cerca de 90 por ciento del Producto Interno Bruto nacional se produce en ciudades y 70 por ciento corresponde a las metrópolis.
Precisó que hoy 326 municipios de 26 entidades de la república, incluido el Distrito Federal, no encuentran en el marco jurídico vigente disposiciones normativas apropiadas para el ordenamiento territorial de índole metropolitano.
Con el dictamen, mencionó, se va a obligar a que los municipios que pertenezcan a una zona metropolitana, no queden al voluntarismo de la planeación metropolitana. “Están obligados en temas de naturaleza regional metropolitana, intervenir en los consejos que para tal efecto se establezcan en la legislación secundaria”.
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria, presidenta de la Comisión de Desarrollo Metropolitano resaltó que la reforma establecerá un ámbito metropolitano como un objeto específico de regulación, superior a las conurbaciones; hará corresponsables a los tres niveles de gobierno: al municipio, a las entidades federativas y a la Federación.
Se inducirán políticas públicas que permitan al Estado mexicano ejercer de manera más eficiente la rectoría del desarrollo económico en las propias metrópolis del país, en términos de sustentabilidad y justicia social.
Con la reforma se va a establecer la planeación del desarrollo metropolitano como un nivel que guarde congruencia con la planeación del desarrollo nacional y estatal y conforme a la cual tendrán que ajustarse congruentemente la planeación municipal, cuando se trata de municipios metropolitanos.
Se dará pie al desarrollo del marco institucional regulatorio local que determine los mecanismos y procedimientos de una coordinación ahora de carácter obligatorio, no opcional, entre municipios y el estado respectivo y entre entidades federativas, cuando se trate de zonas metropolitanas.
En tanto, mi compañero de bancada, el diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz argumentó que las zonas metropolitanas constituyen el componente de mayor jerarquía del sistema urbano nacional. En ella se concentra más de la mitad de la población y se genera el 75 por ciento del Producto Interno Bruto de México, de ahí la urgencia de contar con una regulación jurídica de su desarrollo, de tal manera que obligue a la autoridad, a establecer y articular políticas y programas orientados al aprovechamiento del valor estratégico que tienden para el desarrollo nacional.
El dictamen reforma el párrafo tercero del artículo 25; el párrafo segundo del Apartado A del artículo 26; el párrafo tercero del artículo 27; la fracción XXIX-D del artículo 73; los incisos a y c de la fracción V, el primer párrafo de la fracción VI del artículo 115; el párrafo segundo de la fracción VII del artículo 116; el inciso j, de la fracción V, de la Base Primera, del Apartado C, y su Apartado G del artículo 122; y se adiciona un párrafo cuarto al inciso i de la fracción III, recorriéndose en el orden los subsecuentes; y un párrafo segundo a la fracción VI del artículo 115.
Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Les presento a continuación el dictamen completo para su consulta.
Quiero comentarles con gran orgullo y satisfacción que en la sesión del pasado 27 de abril, con la mayoría calificada de 329 votos a favor, se aprobó un dictamen para incluir en la Constitución Política el reconocimiento al fenómeno metropolitano como un tema de relevancia nacional y sustantivo para el desarrollo presente y futuro de la nación.
Lo anterior, a fin de generar en el marco normativo mexicano, la facultad para legislar con un carácter de ley general el tema metropolitano y levantar la prohibición a las entidades federativas para asociarse en la solución de problemas comunes relacionados con la materia.
En el dictamen se incorpora a la Carta Magna el principio de la función social de la propiedad; toda vez que dicho principio, ha tenido dificultades o aplicaciones parciales por la falta de contundencia de la redacción actual del texto constitucional.
Se impone desde el nivel constitucional la necesidad de un orden, concatenación y efectos de los instrumentos de planeación nacional, estatales y metropolitanos que asegure articulación en el quehacer urbano de los tres niveles de gobierno.
Con las reformas se da pie a una profunda reforma urbana que ponga en la agenda nacional esta materia, para impulsar nuevos diseños institucionales e instrumentos de gestión que permitan resolver los problemas del crecimiento desordenado, desigual, segregado, costoso e insustentable de nuestras ciudades.
Es fortalecida la planeación territorial del país y con ello, impulsar un desarrollo nacional más incluyente, productivo y sustentable.
Al fundamentar el dictamen, mi compañero, el diputado Gustavo González Hernández mencionó que cerca del 80 por ciento de los mexicanos viven en áreas consideradas urbanas, y el 60 por ciento lo hace en grandes metrópolis. Cerca de 90 por ciento del Producto Interno Bruto nacional se produce en ciudades y 70 por ciento corresponde a las metrópolis.
Precisó que hoy 326 municipios de 26 entidades de la república, incluido el Distrito Federal, no encuentran en el marco jurídico vigente disposiciones normativas apropiadas para el ordenamiento territorial de índole metropolitano.
Con el dictamen, mencionó, se va a obligar a que los municipios que pertenezcan a una zona metropolitana, no queden al voluntarismo de la planeación metropolitana. “Están obligados en temas de naturaleza regional metropolitana, intervenir en los consejos que para tal efecto se establezcan en la legislación secundaria”.
La diputada Alma Carolina Viggiano Austria, presidenta de la Comisión de Desarrollo Metropolitano resaltó que la reforma establecerá un ámbito metropolitano como un objeto específico de regulación, superior a las conurbaciones; hará corresponsables a los tres niveles de gobierno: al municipio, a las entidades federativas y a la Federación.
Se inducirán políticas públicas que permitan al Estado mexicano ejercer de manera más eficiente la rectoría del desarrollo económico en las propias metrópolis del país, en términos de sustentabilidad y justicia social.
Con la reforma se va a establecer la planeación del desarrollo metropolitano como un nivel que guarde congruencia con la planeación del desarrollo nacional y estatal y conforme a la cual tendrán que ajustarse congruentemente la planeación municipal, cuando se trata de municipios metropolitanos.
Se dará pie al desarrollo del marco institucional regulatorio local que determine los mecanismos y procedimientos de una coordinación ahora de carácter obligatorio, no opcional, entre municipios y el estado respectivo y entre entidades federativas, cuando se trate de zonas metropolitanas.
En tanto, mi compañero de bancada, el diputado Daniel Gabriel Ávila Ruiz argumentó que las zonas metropolitanas constituyen el componente de mayor jerarquía del sistema urbano nacional. En ella se concentra más de la mitad de la población y se genera el 75 por ciento del Producto Interno Bruto de México, de ahí la urgencia de contar con una regulación jurídica de su desarrollo, de tal manera que obligue a la autoridad, a establecer y articular políticas y programas orientados al aprovechamiento del valor estratégico que tienden para el desarrollo nacional.
El dictamen reforma el párrafo tercero del artículo 25; el párrafo segundo del Apartado A del artículo 26; el párrafo tercero del artículo 27; la fracción XXIX-D del artículo 73; los incisos a y c de la fracción V, el primer párrafo de la fracción VI del artículo 115; el párrafo segundo de la fracción VII del artículo 116; el inciso j, de la fracción V, de la Base Primera, del Apartado C, y su Apartado G del artículo 122; y se adiciona un párrafo cuarto al inciso i de la fracción III, recorriéndose en el orden los subsecuentes; y un párrafo segundo a la fracción VI del artículo 115.
Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Les presento a continuación el dictamen completo para su consulta.
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