jueves, 15 de abril de 2010

El tráfico de personas será perseguido de oficio y aumenta de 8 a 16 años de prisión la condena

El pasado martes 13 de abril el Pleno Camaral avaló con la unanimidad de 284 votos a favor, el proyecto de decreto que reforma la Ley General de Población, para que el tráfico de personas sea perseguido de oficio y obligar a la autoridad migratoria a proporcionar al Ministerio Público Federal los elementos de convicción necesarios para su persecución.

Se aumentan de 8 a 16 años de prisión el castigo para quien por sí o por interpósita persona, con propósito de tráfico, pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país, sin la documentación correspondiente.

El dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, fija una multa de cinco mil a quince mil días de salario mínimo a quien cometa dicho ilícito.

Destaca que las penalidades aumentarán hasta en una mitad, cuando las conductas descritas se realicen respecto de menores de edad o en condiciones o por medios que pongan en peligro la salud, la integridad o la vida de los indocumentados, o cuando sean sometidos a tratos inhumanos que vulneren sus derechos fundamentales; o bien, cuando el autor del delito sea servidor público.

El documento subraya la necesidad de garantizar el mínimo de protección de los derechos humanos a los migrantes que la Carta Magna ofrece, toda vez “que nosotros peleamos y pedimos ante los países del extranjero protejan y respeten sus derechos a nuestros connacionales.

Se canalizó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.


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