Deseo comunicarles que en la sesión del pasado 20 de septiembre, aprobamos el dictamen a la minuta que sanciona con prisión de ocho a 12 años y de mil a doce mil días multa, a quien sustraiga o aproveche petróleo crudo, hidrocarburos refinados, procesados y sus derivados de ductos, equipos o instalaciones de Petróleos Mexicanos (Pemex).
En el documento, avalado con 319 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones, se establece que las penas aumentarán hasta en una mitad cuando el responsable sea o haya sido trabajador o servidor público de la industria petrolera, o suministre información que resulte útil para la comisión de estos delitos.
Además, se impondrá prisión de tres a seis años y de quinientos a mil días multa, a quien suministre gasolinas, diesel y gas LP con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior a la que aparezca registrada por los instrumentos de medición.
Se especifica que será causa de prisión de dos a cuatro años a quien posea o resguarde de manera ilícita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, cuando la cantidad sea mayor de 300 litros pero menor de mil. Cuando la cantidad sea igual o mayor a mil litros, se castigará con cuatro a diez años de cárcel y de mil a doce mil días multa.
La minuta establece que no se deberá considerar como delito grave la sustracción y, por lo tanto no será sujeto de ser perseguido, procesado y sancionado conforme a las reglas de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Se mandó al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales, el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
A continuación una nota de televisión sobre el dictamen aprobado.
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