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En la en la sesión ordinaria del 14 de abril en la Cámara de Diputados aprobamos el dictamen que busca terminar con prácticas monopólicas, así como simplificar y perfeccionar mecanismos de acción de la Comisión Federal de Competencia (Cofeco).
Se introduce por primera vez la posibilidad de aplicar sanciones corporales, con una modificación al 254 del Código Penal Federal para castigar con cárcel de 3 a 10 años a los infractores por violaciones consideradas como prácticas monopólicas absolutas.
Al fundamentar el dictamen que reforma la Ley Federal de Competencia Económica, el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación, el presidente de la Comisión de Economía señaló que se establecen en el marco legal mexicano estándares internacionales en materia de sanciones pecuniarias.
Abundó que hoy en día, con el sistema de múltiplos de salarios mínimos, la multa máxima que puede imponer la comisión es de 85 millones de pesos, que para muchos infractores sale más barato pagarlos que cumplir la ley; con la reforma será hasta del 10 por ciento de los ingresos totales de los agentes infractores.
Afirmó que con estas reformas el país podrá “poner al día lo que tenemos en deuda con los consumidores y pequeños empresarios desde hace 100 años”.
Refirió que las modificaciones constituyen un avance importante y colocan al país en los mejores estándares internacionales.
Se establece que el Secretario Ejecutivo será designado por el Ejecutivo federal y no por el comisionado presidente, lo que introduce un sistema de pesos y contrapesos al interior de la Cofeco; da mayor participación a los comisionados al crear la figura del comisionado ponente, que elaborará los proyectos de resolución de las investigaciones de la Comisión a fin de presentarlos ante el pleno.
Adicionalmente, se acortan los términos del mandato de los comisionados y se da la posibilidad de reelección para constituir periodos que trasciendan sexenios y no se establezca correlación con un periodo presidencial.
Además se fortalece la capacidad de investigación de la Cofeco, pues se establece el carácter sorpresivo de las visitas de verificación, sin perder las garantías de los agentes económicos, fundamentalmente que la información recabada sea la estrictamente relacionada con los temas de competencia.
Mencionó que actualmente las visitas de verificación deben anunciarse, de tal forma que cuando llegan los investigadores, “pudiera destruirse evidencia fundamentalmente relevante para los casos”.
Argumentó que la prohibición de monopolios, prácticas monopólicas y los estancos, se encuentra en el artículo 28 de la Constitución de 1917 y data desde la de 1857, “pero la realidad es que en todo el Siglo XX y lo que llevamos del XXI no hemos sido capaces de tener una ley reglamentaria que permita exigir en todo su texto el artículo 28 constitucional”.
Mi compañero, el diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez dijo que en el dictamen se tipifica como delito las prácticas monopólicas absolutas, “esta reforma representa un verdadero cambio que impulsa la competencia económica en México, fortalece el rol del Estado en su papel de regulador de entornos apropiados para el crecimiento de la economía nacional”.
Aprobado en lo general y particular el dictamen se devolvió al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
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