Amigos:
En la sesión ordinaria de ayer, aprobamos con 345 votos en pro, 10 en contra y 5 abstenciones, reformas a las Leyes Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo y del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
El presidente de la Mesa Directiva, el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, expresó ante la asamblea que actualmente en litigios en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa hay poco más de 500 mil millones de pesos.
El objetivo es que los impartidores de justicia fiscal y administrativos resuelvan los asuntos de forma pronta y expedita, en un contexto menos costoso y más breve.
Para ello se establece una vía sumaria aplicable en determinados casos, en lugar del juicio contencioso administrativo federal tradicional que resulta más tardado.
El juicio sumario contiene plazos menores, pero conlleva todos los mecanismos que aseguran la impartición de la justicia de forma objetiva, imparcial y sin dilación.
Asimismo, esta vía sumaria simplifica el procedimiento aplicable tanto en asuntos de menor cuantía, como en donde el criterio jurisdiccional ya ha sido definido por una jurisprudencia de nuestro máximo tribunal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o la Sala Superior del propio Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Se considera que el juicio en la vía sumaria establecido en el dictamen del Senado de la República es un avance muy importante en lo contencioso administrativo federal, ya que permitirá resolver los asuntos cuyo importe no exceda de cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al año, a través de un procedimiento abreviado, con plazos cortos y mediante la instrucción y resolución de un magistrado.
Los juicios que se tramiten en la vía sumaria se refieren a multas, pensiones u otros similares, por lo que se estima fundamental que beneficiará a la población más vulnerable, como pensionados, asalariados y empresas pequeñas, quienes se verán favorecidas al resolver en menor tiempo las controversias que se ventilen en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
El dictamen considera necesario homologar la fecha de entrada en vigor de las disposiciones relativas al juicio en la vía sumaria, con el inicio de operaciones del juicio en línea.
Modifica el artículo tercero transitorio para que las disposiciones relativas al juicio en línea, como al procedimiento en la vía sumaria, entren en vigor a los 240 días naturales, siguientes a la fecha de publicación del decreto.
Fue canalizado el dictamen al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
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