Amigos:
En el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos, el 15 de diciembre, con 361 votos, el dictamen que elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar casos graves de violación a los derechos humanos, y se la otorga a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Al fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política, el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI) subrayó que la reforma otorga un amplio y vigoroso sistema de protección a los derechos humanos del país.
Asimismo, acrecienta la competencia de la CNDH para conocer también de violaciones a los derechos laborales como parte de los derechos humanos. Amplía sus facultades para interponer controversia constitucional contra tratados internacionales que limiten derechos humanos.
Establece que la elección del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los integrantes del Consejo Consultivo, se realizará a través de un procedimiento de consulta pública.
Precisa que ninguna autoridad puede negar la información a la CNDH y el desarrollo y desahogo del procedimiento le corresponde al Consejo Consultivo.
Constituye los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresidad de los derechos humanos, y se determina que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos.
Fortalece la protección no jurisdiccional al establecer que las autoridades tienen obligaciones de dar respuesta a las recomendaciones de la CNDH, por lo que también refiere que el Senado puede hacer comparecer a quienes no hayan aceptado alguna recomendación o no la cumplan, para que expliquen públicamente sus razones.
Determina que la educación deberá fomentar el respeto a los derechos humanos; consagra el reconocimiento al derecho de asilo y refugio; prohíbe la suscripción de tratados que menoscaben los derechos humanos; obliga al sistema penitenciario a organizarse sobre la base de respeto a los mismos.
Impide la pena de muerte, la esclavitud, la servidumbre y la desaparición forzada y la tortura; introduce disposiciones al definir a los derechos que no pueden suspenderse ni restringirse aún en una situación de excepción, como son la no discriminación, el reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, a los derechos políticos, las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa.
El diputado señaló que la reforma tiene un espíritu protector, marcha en la misma vía que las normas de carácter internacional y es fruto de la participación de organismos internacionales y nacionales no gubernamentales. “Debemos felicitarnos por este paso trascendente en la defensa y protección de los derechos humanos de los mexicanos”.
Al fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política, el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI) subrayó que la reforma otorga un amplio y vigoroso sistema de protección a los derechos humanos del país.
Asimismo, acrecienta la competencia de la CNDH para conocer también de violaciones a los derechos laborales como parte de los derechos humanos. Amplía sus facultades para interponer controversia constitucional contra tratados internacionales que limiten derechos humanos.
Establece que la elección del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los integrantes del Consejo Consultivo, se realizará a través de un procedimiento de consulta pública.
Precisa que ninguna autoridad puede negar la información a la CNDH y el desarrollo y desahogo del procedimiento le corresponde al Consejo Consultivo.
Constituye los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresidad de los derechos humanos, y se determina que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos.
Fortalece la protección no jurisdiccional al establecer que las autoridades tienen obligaciones de dar respuesta a las recomendaciones de la CNDH, por lo que también refiere que el Senado puede hacer comparecer a quienes no hayan aceptado alguna recomendación o no la cumplan, para que expliquen públicamente sus razones.
Determina que la educación deberá fomentar el respeto a los derechos humanos; consagra el reconocimiento al derecho de asilo y refugio; prohíbe la suscripción de tratados que menoscaben los derechos humanos; obliga al sistema penitenciario a organizarse sobre la base de respeto a los mismos.
Impide la pena de muerte, la esclavitud, la servidumbre y la desaparición forzada y la tortura; introduce disposiciones al definir a los derechos que no pueden suspenderse ni restringirse aún en una situación de excepción, como son la no discriminación, el reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, a los derechos políticos, las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa.
El diputado señaló que la reforma tiene un espíritu protector, marcha en la misma vía que las normas de carácter internacional y es fruto de la participación de organismos internacionales y nacionales no gubernamentales. “Debemos felicitarnos por este paso trascendente en la defensa y protección de los derechos humanos de los mexicanos”.
A continuación les presento el dictamen completo para su consulta
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