lunes, 27 de diciembre de 2010

Intimidar a la población será considerado como un acto terrorista



Amigos y amigas:

En la última sesión ordinaria en la Cámara de Diputados aprobamos, con 299 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones, el dictamen que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal, para imponer pena de prisión de 10 a 50 años y hasta dos mil días de multa, a quien intimide a la sociedad difundiendo actividades para crear terror.

El dictamen de la Comisión de Justicia busca perfeccionar el tipo penal de terrorismo y de esa forma, lograr que la legislación penal federal esté acorde con lo dispuesto en la Constitución y a los tratados internacionales suscritos y ratificados por México.

Como principio de derecho mundial, es necesario homologar el derecho interno con las reglas universales y de esa manera, cumplir con las obligaciones asumidas por nuestra nación.

La reforma plantea perfeccionar el tipo penal de terrorismo establecido en el artículo 139 del Código Penal Federal, para implantar en éste que la intimidación es uno de los posibles objetivos del terrorista, a fin de que se pueda sancionar conforme a ese delito, no sólo a los grupos subversivos sino a las organizaciones criminales de narcotraficantes y extorsionadores, que se valen del temor de la población para llevar a cabo sus actividades delictivas impunemente.

Abunda el dictamen que al incluir la finalidad de intimidación, el concepto se amplía lo suficiente para encuadrar actos como el atentado con granadas en la ciudad de Morelia, la explosión de carros-bomba en Ciudad Juárez y la serie de actos violentos acaecidos en Nuevo León.

Con la inclusión de los supuestos “a quien intimide a la sociedad y difunda sus actividades”, se protegería más el bien jurídico que salvaguarda este tipo penal, como lo es la seguridad de la nación, y como consecuencia de ello, el orden social.

“Estaremos sancionando más intensa la comisión del delito de terrorismo, independientemente de las sanciones que correspondan a otros delitos cometidos como medio o efecto del mismo, en beneficio de la sociedad, que demanda acciones firmes para garantizar su tranquilidad”, enfatiza la Comisión dictaminadora.

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