Amigos:
En la sesión del pasado 22 de febrero, los diputados aprobamos por unanimidad, reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que prohíbe vender a particulares su cartera vencida.
La reforma adiciona un cuarto párrafo al artículo 41 para establecer que en ningún caso, podrá el instituto ceder a título gratuito u oneroso, enajenar o transferir a particulares los créditos otorgados que, de acuerdo con los criterios y disposiciones emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se consideren vencidos.
También se modifica el artículo tercero, fracción I para que el instituto tenga por objeto administrar los recursos del fondo en beneficio de los trabajadores y sus familias.
En el dictamen de las Comisiones del Trabajo y Previsión Social y de la de Vivienda se señala que es importante establecer como regla principal para el instituto prohibir la privatización de la cartera vencida ya que conlleva al enriquecimiento de unas cuantas empresas y a la inevitable pérdida del patrimonio familiar.
Enfatiza que es necesario garantizar los mecanismos de protección al trabajador en el pago de sus obligaciones crediticias ante el Infonavit, debido al gran índice de desempleo que ha padecido el país en las últimas décadas, lo que ha repercutido directamente en el pago puntual de los trabajadores.
Asimismo, encontrar solución al problema de la morosidad que enfrenta el Instituto, sin que ello signifique el atropello de los derechos y garantías de los trabajadores.
En la sesión del pasado 22 de febrero, los diputados aprobamos por unanimidad, reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que prohíbe vender a particulares su cartera vencida.
La reforma adiciona un cuarto párrafo al artículo 41 para establecer que en ningún caso, podrá el instituto ceder a título gratuito u oneroso, enajenar o transferir a particulares los créditos otorgados que, de acuerdo con los criterios y disposiciones emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se consideren vencidos.
También se modifica el artículo tercero, fracción I para que el instituto tenga por objeto administrar los recursos del fondo en beneficio de los trabajadores y sus familias.
En el dictamen de las Comisiones del Trabajo y Previsión Social y de la de Vivienda se señala que es importante establecer como regla principal para el instituto prohibir la privatización de la cartera vencida ya que conlleva al enriquecimiento de unas cuantas empresas y a la inevitable pérdida del patrimonio familiar.
Enfatiza que es necesario garantizar los mecanismos de protección al trabajador en el pago de sus obligaciones crediticias ante el Infonavit, debido al gran índice de desempleo que ha padecido el país en las últimas décadas, lo que ha repercutido directamente en el pago puntual de los trabajadores.
Asimismo, encontrar solución al problema de la morosidad que enfrenta el Instituto, sin que ello signifique el atropello de los derechos y garantías de los trabajadores.
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