miércoles, 7 de julio de 2010

Válido el Decreto de extinción de la CLyFC: SCJN



Al discutir el amparo presentado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en contra del Decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) únicamente analizó la constitucionalidad de éste, y determinó, por unanimidad de votos, que dicho acto está reconocido como una facultad del titular del Poder Ejecutivo Federal, tal como lo proponía el proyecto del ministro ponente Juan N. Silva Meza.

Así, al confirmar la negativa del amparo al SME, los ministros indicaron que en términos del artículo 90 constitucional, se establece que las leyes determinarán las relaciones entre las entidades paraestatales y el Ejecutivo Federal, y tomando en cuenta que el referido organismo fue creado por un decreto del presidente de la República, éste está facultado, legal y constitucionalmente, para decidir la extinción de los organismos descentralizados, en caso de que dejen de cumplir sus fines, o como lo señala la Ley Federal de Entidades Paraestatales, cuando su funcionamiento no resulte ya conveniente, desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público.

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